lunes 17 de diciembre de 2007

Paco Candel y la sociedad de mañana.


Francesc (Paco) Candel nació en 1925, en Cases Altes (Comunitat Valenciana), entre Cuenca y Teruel. A los dos años emigro con su familia a Barcelona, y pasó toda su vida allí, en Las Casas Baratas (de la Zona Franca). La muerte le sorprendió, no hace todavía un mes, con 82 años, como no podía ser de otra forma, en ese mismo barrio. Desde entonces, los homenajes, en formas de actos, columnas o reportajes, sobretodo en los medios catalanes, se han ido sucediendo de forma continua. Desde aquí, consciente de que no voy a decir nada que no se sepa ya o que no se haya dicho, yo también quiero dedicarle mi pequeño homenaje. ¿Por qué?

El que fuera senador en la primera legislatura del Senado (la lista de senadores más votada en la historia de la democracia!), fue, en boca del expresidente Jordi Pujol, “de las personas más importantes de Catalunya en la segunda mitad del s.XX” (_). En sus libros relató la realidad cotidiana de miles de personas de los suburbios y sus problemas para integrarse en la sociedad del momento. Con su actividad literal y política-social se convirtió en la voz de todos los “nuevos catalanes” que llegaron a Catalunya en los años 50 y 60. Paco Candel fue una suerte de espejo que permitió a la sociedad mirarse tal como era, y a explorar su transversalidad (_). Férreo luchador por la cohesión social y la convivencia, promovió la implicación de los inmigrantes en la construcción de la sociedad catalana (_).

De los últimos años a esta parte, la inmigración ha copado portadas de todos los medios de comunicación. La última apareció el 11 de Diciembre en el diario Público: “Las ONG denuncian un aumento del racismo”. Y mañana, 18 de Diciembre, Día Mundial del Migrante, se volverá a hablar. Ese interés de los medios y de la población en general responde a un cambio en el flujo migratorio llegado con el nuevo siglo. Mientras que durante el siglo pasado una gran parte de los ciudadanos emigraron (al extranjero o a otras partes del territorio español), con la llegada del nuevo siglo nuestra sociedad se ha convertido en un receptor neto de inmigración (con los datos del INE en la mano, el número de inmigrantes que escogió España como país de residencia –y se dio de alta en el correspondiente padrón- se multiplico por veintitrés de 1997 al 2003).

Paco Candel hizo que “los que eran una cifra se convirtieran en personas” (_).

Fue senador, escritor, periodista, contable, ceramista, mecánico, diseñador de bisutería, pintor de figurillas y un largo etcétera, pero, sobretodo, un obrero de la integración social. En nuestras manos está, en los ciudadanos, decidir y construir el modelo de sociedad en el que conviviremos.

Gracias Paco.


(+ escritos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, … y la Web de la Fundación Paco Candel)


* Algunas de sus obras:

- Donde la ciudad cambia su nombre (1957). (_)
- Han matado un hombre, han roto un paisaje (1959). (_)
- Els altres catalans (1964). (_)
- Ser obrero no es ninguna ganga (1976). (_)
- Un charnego en el senado (1979). (_)
- Els altres catalans vint anys després (1985).

martes 11 de diciembre de 2007

Impuesto sobre el Patrimonio... "resta" y sigue!


Hace exactamente una semana, y con la propuesta de reforma del IRPF (+ info) todavía coleando, se volvió a hablar de la que se ha convertido en vedette principal de la precampaña de los dos partidos mayoritarios (PSOE y PP): la reducción de impuestos. El PSOE, en boca de su presidente, anunció que su programa electoral también contemplará la total supresión del Impuesto sobre el Patrimonio. ¿De qué estamos hablando?

El Impuesto sobre el Patrimonio es el tributo encargado de gravar “el patrimonio neto de las personas físicas”. Es el impuesto que se paga por el conjunto de bienes (vivienda, coche, etc.) y derechos de contenido económico (acciones, derechos de explotación, etc.) que posee una persona, deduciendo del valor las deudas y obligaciones que se desprendan de dicho patrimonio (de ahí que, bajo ciertas circunstancias, pudiera no interesar el vencimiento de créditos, por ejemplo).

¿Y todo el mundo debe presentar una declaración de patrimonio? No, sólo las personas cuyo bienes y derechos tengan un valor superior a 601.012 € (independientemente de la deuda contraída), o menor valor siempre y cuando el valor de sus bienes y derechos MENOS la deuda contraída por ellos supere los 108.182 €. Están también exentos de dicho impuesto toda vivienda principal cuyo valor no sobrepase 150.253 €, así como todo bien necesario para el desarrollo de la actividad profesional o empresarial de la persona (+ info sobre exenciones).*

Se trata de un impuesto cuyo objetivo principal es castigar la tenencia de bienes no productivos (al tener que pagar por ellos, sale caro mantener bienes de los que no producen ingresos). Al mismo tiempo, es un mecanismo de control sobre las rentas (beneficios) declaradas: la declaración de un patrimonio desproporcionado según los ingresos declarados en el IRPF puede ser indicativo de rentas no declaradas (+ info sobre el último caso de patrimonio de “dudosa procedencia”). Los detractores de dicho impuesto argumentan que ya existen otros mecanismos más eficientes como sistemas de control (no acostumbran a decir cuáles) y, al mismo tiempo, prefieren hablar más de “castigo al ahorro” que no de “castigo a los bienes no productivos”.

Para Comisiones Obreras (CCOO) “el argumento de considerar que las personas con más rentas evitan su pago al disponer de sociedades patrimoniales es una verdad a medias** que no es motivo suficiente para la desaparición de este tributo […]. Esto suena mas a renuncia en la lucha contra el fraude que mejora de la población en general".

¿Cuál ha sido la reacción de las otras formaciones políticas al anuncio de Zapatero de incluir la total supresión del Impuesto sobre Patrimonio en su programa electoral? De forma resumida, las reacciones de las cuatro formaciones siguientes más votadas en las últimas elecciones generales (en el conjunto del Estado) fueron:

Rajoy (PP) => “me apunto y, además, yo lo dije primero!”
Llamazares (IU) => “bajar impuestos a los ricos es doblemente de derechas.”
Oriol Pujol (CiU) => “això és electoralista!” - ¿es lo que tienen los programas electorales? -
Joan Ridao (ERC) => “és molt fácil eliminar impostos quan tu no els recaudes.”

(+ info 1, 2, 3)

Y es que no a todas las Comunidades Autónomas se verían afectadas de la misma forma por la medida anunciada: los últimos datos disponibles en la página Web de la agencia tributaria (datos del 2005) señalan a Catalunya como la que más recauda a través de este impuesto (la suma de lo recaudado por todas las comunidades es de 627.150 millones de euros; en Catalunya son 163.800 millones, el 26,12%).

La propuesta de Zapatero iba acompañada de una “compensación” de la supresión de dicho impuesto. Como de costumbre en precampaña (y más tratándose de rebajas de impuestos), todavía no se ha concretado. Seguiremos atentos…


* Nota: al ser un impuesto transferido, cada Comunidad Autónoma decide qué reducción aplica dentro de su ámbito territorial (evidentemente, repercutiendo en su propia financiación). Madrid, Valencia y La Rioja, todas gobernadas por el PP, ya habían optado por su completa eliminación.

** Nota: para Zapatero, esta medida debería favorecer a la clase media (¿con un patrimonio superior a 600.000 euros?), ya que los más pudientes suelen evitar, de una forma u otra (ingeniería económica), pagar dicho tributo.

martes 4 de diciembre de 2007

El Congreso de los Diputados

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 19 de junio de 1985, normativa vigente, estableció en 350 el número de miembros de la cámara (escaños). Ésta asigna un mínimo de dos escaños para cada provincia (para Ceuta y Melilla uno a cada una), y el resto de escaños se reparten entre las diferentes circunscripciones, de forma proporcional a la población. Pero… ¿a qué se dedica el Congreso de los Diputados?

Por un lado, la primera función del Congreso es la legislativa, es decir, la aprobación de las leyes o normas que regulan la convivencia social dentro del Estado. Al mismo tiempo, el Congreso también es el encargado de la aprobación de los Presupuestos Generales, que marca la directrices sobre en qué áreas y cómo se va a invertir el dinero que el Gobierno prevé recaudar con los tributos el año entrante (los impuestos que todos pagamos). Otros procedimientos legislativos especiales gestionados también por el Congreso son la aprobación de los estatutos de autonomía, o las reformas constitucionales (que necesitaría el respaldo de 3/5 partes de la esta cámara, y también del Senado, para llevarse a cabo).

La segunda función de la cámara baja sería la llamada “de control y dirección”. En nuestro sistema parlamentario el Gobierno está sometido al control de las Cortes Generales: A través del Congreso, son las encargadas de la Investidura del Gobierno (los candidatos propuestos como presidentes y sus programas políticos deben ser aprobados por la sala). Mediante una moción de censura (o de denegación de confianza), el Congreso tiene también la facultad de provocar el cese de Gobierno. Al mismo tiempo, todos y cada uno de los miembros del Gobierno deben responder de su gestión ante dicha cámara. Por último, el Congreso también está implicado en la designación de los titulares de ciertos órganos estatales (supuestamente, para dotarlos del respaldo de los representantes electos, y NO para aumentar su poder e influencias): participa en la elección de 4 de los 12 miembros del Tribunal Constitucional, de la mitad de los del Consejo General del Poder Judicial, del Defensor del Pueblo, del Consejo de Administración de RTVE, etc.

Ahora, nos toca a todos nosotros decidir quién va a sentarse en los escaños reservados para cada circunscripción. ¿Quién crees que puede desempeñar mejor esas responsabilidades?

Otras funciones de menor calado son: la “aceptación” o derogación de los Decretos-Leyes, dictados por el Gobierno (en un principio) por razones de urgencia (ver “Decretazo 2002”), la autorización al Presidente del Gobierno para llevar a cabo un Referéndum, autorización al Estado para “regirse” según convenios y tratados internacionales, autorización de una posible prorroga del estado de alarma y de excepción, declaración del estado de sitio, etc.


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¿SABÍAS QUÉ…

… la Constitución concede inmunidad judicial a los Diputados?

“Ningún diputado podrá ser inculpado o procesado por acto alguno, sin la autorización previa del Congreso de los Diputados, durante todo el periodo de su mandato; y su detención sólo será posible en caso de flagrante delito”. Resolución del BOE n. 55 del 5/3/1982 (Título Primero, Capítulo II, Artículo 11). Esta prerrogativa ha de servir, en un principio, para proteger el ejercicio de sus funciones como parlamentarios.